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Dólar Sin Cepo Cambiario: Confusión por Límites y Polémica

El anuncio del ministro de Economía, Luis Caputo, sobre la eliminación total del cepo cambiario ha generado intensos debates en redes sociales y una ola de incertidumbre. Esto se debe a la difusión de una comunicación del Banco Central de la República Argentina (BCRA), que establece un límite de u$s100 para la compra de dólares en efectivo, lo que ha dejado a muchos usuarios confundidos sobre las nuevas regulaciones.

A pesar de que el Gobierno ha presentado esta decisión como una liberación total del mercado cambiario, la Comunicación A 8226 del BCRA ha sembrado dudas al imponer restricciones para las operaciones realizadas con efectivo físico. Esto ha llevado a sectores opositores a calificarlo como un corralito encubierto.

El Gobierno disipó dudas sobre los límites para la compra de dólares a partir del lunes.

Clarificaciones del Gobierno

Desde el oficialismo se ha intentado desmentir la interpretación de un corralito, aclarando que el límite solo se aplica a compras presenciales, mientras que las transacciones realizadas por homebanking no tendrían restricciones. La controversia aumentó al discutir la cantidad de dinero que se podrá retirar en billetes una vez comprados los dólares digitalmente. Críticos del Gobierno sostienen que esto habilita la compra de dólar virtual sin acceso real a billetes físicos.

Normativas del Banco Central

La circular del BCRA indica que la operación se curse con débito en cuenta del cliente en entidades financieras locales o el uso de efectivo de moneda local por parte del cliente no supere el equivalente a u$s100 en el mes. Esto significa que un cliente que desee comprar dólares llevando pesos a su banco solo podrá adquirir u$s100 por mes y deberá firmar una declaración jurada.

Además, los bancos deberán verificar que el cliente cuente con ingresos o fondos declarados que justifiquen la operación, registrando todas las compras en una base de datos del BCRA. No está claro si se permitirá retirar billetes en ventanilla tras una operación digital sin limitaciones, lo que mantiene la controversia abierta.

Cambios para Importadores

Con la apertura del mercado cambiario, también se han introducido modificaciones para los operadores del comercio exterior. Desde el 14 de abril, las empresas importadoras podrán pagar de inmediato los bienes que lleguen al país, eliminando la necesidad de esperar semanas como antes. Las PyMES podrán abonar sus compras externas desde el momento en que los productos salgan del país de origen, salvo que estén en una lista restringida.

Para las adquisiciones de bienes de capital, las empresas podrán anticipar hasta un 30% del pago en el momento del encargo, y hasta un 80% antes de la llegada al país. Estas medidas buscan fomentar una mejor planificación financiera en el sector productivo.

Impacto en el Pago de Servicios Exteriores

El nuevo esquema también afecta el pago de servicios adquiridos en el extranjero, como plataformas de streaming o consultorías. Si el proveedor no tiene relación societaria con el comprador, el pago podrá hacerse desde el primer día de uso. Sin embargo, si el prestador está vinculado con la empresa, el desembolso deberá esperar 90 días desde la prestación.

Distribución de Utilidades al Exterior

Las empresas con accionistas o socios extranjeros podrán girar utilidades al exterior, pero solo de ganancias generadas a partir del 1 de enero de 2025, respaldadas por balances auditados. Las operaciones realizadas antes del 11 de abril de 2025 no estarán sujetas a las nuevas exigencias.

La implementación de estas disposiciones comenzará el 14 de abril de 2025, y el BCRA se comprometió a enviar un instructivo detallado a entidades financieras sobre cómo aplicar el nuevo régimen. Mientras tanto, el debate en redes y medios continúa por las dudas que persisten sobre la compra y retiro de dólares.

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